Desde mañana las empleadas domésticas deberán contar con ART

Viernes 31 de octubre de 2014 | 13:45hs.
Empleadas domésticas. | Comenzarán a pagar ART a partir de este 1 de noviembre.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fijó las nuevas contribuciones que deberán abonar aquellos que contraten servicio doméstico, cuyo régimen incluirá a partir de mañana la cobertura de aseguradoras de riesgo de trabajo (ART). A través de la Resolución General 3593, publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma del titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, se estipuló el régimen de ingreso de aportes y contribuciones y cuotas con destino al sistema de riesgo de trabajo, que va de 142 a 498 pesos mensuales.



La norma establece que para el caso del personal que trabaje menos de 12 horas semanales el pago será de 161 pesos, de los cuales 19 irán como aportes al Sistema Nacional de Seguro de Salud, 12 como contribuciones al Sistema Previsional y 130 pesos como cuota para el Sistema de riesgo de Trabajo.



Para lo que trabajen entre 12 y 16 horas semanales, el pago total será de 224 pesos mensual, de los cuales 35 irán al seguro de salud, 24 al sistema previsional y 165 al de riesgo de trabajo.



En el caso de los que trabajen 16 horas o más, el aporte total será de 498 pesos, 233 para el sistema de salud, 35 para contribuciones al sistema previsional y 230 pesos de ART.



Respecto de los trabajadores activos de entre 16 y 18 años, la escala de pagos será la siguiente: para los que trabajen menos de 12 horas semanales 149 pesos, de los cuales 19 se destinarán al sistema de seguro de salud y 130 a las ART.



Para los que trabajen entre 12 y 16 horas semanales, el pago será de 200 pesos, desagregado en 35 para el seguro de salud y 165 para la ART, mientras que los que cumplan servicios de 16 horas semanales o más, el pago será de 463 pesos, de los cuales 233 irán al seguro de salud y 230 para el de riesgo de trabajo.


En lo que hace a los aportes para el Sistema Nacional de Seguro de Salud, el 10 por ciento de los aportes de 233 pesos, correspondientes al personal activo que trabaje 16 horas o más, se destinará al Fondo Solidario de Redistribución, según lo estipula la norma.



Respecto al personal de casas particulares que esté jubilado, los empleadores deberán pagar entre 142 y 265 pesos, dependiendo las horas semanales que trabajen. Así, para los que trabajen menos de 12 horas semanales, el pago será de 142 pesos, de los cuales 12 irá como contribución al sistema previsional y 130 pesos a la ART.



Para los que trabajen entre 12 y 16 horas, los pagos que deberá realizar el empleador serán de 189 pesos mensuales, de los cuales 24 irán al sistema previsional y 165 al de riesgo de trabajo.


En el caso de los que trabajen 16 horas semanales o más, el pago será de 265 pesos, de los cuales 35 se destinará al sistema de seguro de salud y 230 al de riesgo de trabajo.



La norma indica que en caso de extinción de la relación laboral, el empleador sólo deberá ingresar los aportes y contribuciones correspondientes al seguro de salud y al sistema previsional. También se indica que los pagos deberán realizarse hasta los 10 días del mes siguiente y que para ser utilizados como deducción para el pago del impuesto a las ganancias, los empleadores deberán presentar el ticket que respalde el pago mensual correspondiente a aportes y contribuciones.


Los empleadores que pertenezcan a la IV categoría de ganancias podrán efectuar la deducción en forma mensual o en la liquidación anual, según corresponda.